



Exige siempre el boleto de seguridad dentro del producto
Puntos de canje





Exige siempre el boleto de seguridad dentro del producto
1. Industrias DajahuIndustrias Dajahu S.A. ha identificado una práctica indebida por parte de un distribuidor, quien reutiliza sacos de arroz originales para envasar arroz de otra calidad y proveedor. Esta práctica afecta la reputación de la marca y la confianza del consumidor en los productos que elabora y comercializa la compañía.
2. Con el fin de mitigar este riesgo, la compañía propone implementar una dinámica de premios con cupones canjeables colocados dentro de los sacos de arroz, (canjeables por productos o dinero) que permita generar trazabilidad sobre los sacos de arroz y reforzar el vínculo con el consumidor final, como respuesta a la identificación de estas prácticas indebidas, permitiendo además detectar irregularidades en la cadena de distribución.
3. Para este fin, Dajahu ha solicitado a PBP su acompañamiento legal, con el objetivo de revisar los de términos y condiciones, el diseño de la tarjeta promocional y validación de cupones, necesarios para asegurar trazabilidad, control y cumplimiento normativo.
4. Sugerimos incluir en la tarjeta promocional que se incluirá dentro del producto, en un lugar visible, la siguiente leyenda:
“Esta tarjeta de canje es personal, única e intransferible. Industrias DajahuIndustrias Dajahu S.A. S.A. no se responsabiliza por su pérdida, deterioro, robo o uso indebido.”
5. De a revisión abreviada del reglamento promocional que se colocará dentro de los sacos de arroz, a continuación, en azul, marcaremos los cambios e incorporaciones que consideramos importante agregar:
Validación de Originalidad:
Cada empaque de Rico Arroz que incluya boleto promocional contiene un código alfanumérico único de 6 dígitos. Si este no coincide con el inventario de códigos establecidos por Dajahu, el producto se presume falsificado.
Zona de Raspe y Premios:
Solo los boletos que contengan zona de raspe visible y sin alteraciones participan por premios instantáneos de $100, $200, Rico arroz de 2 kilos o Rico Arroz de 25 libras. El premio indicado en la zona de raspe será válido únicamente si el boleto pasa la validación de originalidad por parte de Industrias DajahuIndustrias Dajahu S.A..
Condiciones de Validez del Boleto:
El boleto pierde su validez si:
Vigencia de la Promoción y Pago de Premios:
Los premios podrán reclamarse dentro de 1 año desde su fecha de emisión colocada en el tiro del boleto. Pasado ese plazo, caduca todo derecho al cobro. Incluso si la promoción continúa vigente en años posteriores, cada boleto será válido únicamente dentro del año posterior a su emisión.Dajahu no se responsabiliza por premios no reclamados a tiempo.
Restricciones:
Pago y Entrega de Premios:
Los premios se entregarán al portador del boleto válido, previa verificación de identidad. El Organizador se reserva el derecho de verificar la autenticidad del boleto y de realizar el respectivo registro fotográfico del ganador.
Uso de Imagen y Datos:
El ganador autoriza a Industrias DajahuIndustrias Dajahu S.A. a utilizar su nombre, imagen y testimonio con fines promocionales y publicitarios, sin que esto implique compensación adicional. Para ello, se solicitará la firma de una autorización expresa de uso de imagen y datos personales.
Cláusula Antifraude:
Dajahu S.A. se reserva el derecho de iniciar acciones legales contra cualquier persona que intente falsificar, adulterar o distribuir de forma ilícita boletos o empaques promocionales. Participar con boletos falsificados será considerado delito penal conforme a la legislación ecuatoriana La participación fraudulenta anula todo derecho a premio y Dahaju se reserva el derecho a iniciar cualquier tipo de acción legal que considere necesaria.
Cualquier controversia será resuelta vía arbitraje según las reglas del Reglamento Promocional. La participación en esta promoción implica la aceptación total e incondicional de este documento.
Para conocer todas las condiciones, procedimientos, limitaciones y reglas aplicables, el participante deberá leer obligatoriamente el Reglamento Oficial disponible en www.originalrico.com.
El presente reglamento regula las condiciones, requisitos y procedimientos aplicables a la promoción comercial denominada “Boletos Rico Arroz Original”, organizada y administrada por Industrias DajahuIndustrias Dajahu S.A. S.A. (en adelante, el “Organizador” o “Dajahu”), conforme al artículo 46 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor (“LODC”), y en cumplimiento de los principios de publicidad veraz, transparencia e información clara al consumidor.
La promoción tiene el carácter de una dinámica promocional no contractual. El Organizador se reserva el derecho de modificar, suspender o cancelar esta promoción por causas justificadas, caso fortuito o fuerza mayor, sin que ello genere obligación de compensación ni indemnización alguna.
Inicio de la promoción: 1 de septiembrede 2025
Finalización de la promoción: 30 de agosto de 2026
Plazo de reclamo de premios: El premio podrá ser reclamado dentro del plazo máximo de un (1) año contado desde la “fecha de emisión” impresa en el boleto. Transcurrido dicho plazo, el boleto, caduca automáticamente y se extingue todo derecho, expectativa o pretensión del participante respecto del premio contenido en el mismo, sin lugar a reclamo, compensación o indemnización alguna. Incluso si la promoción continúa vigente en años posteriores, cada boleto será válido únicamente dentro del año posterior a su emisión.
Industrias DajahuIndustrias Dajahu S.A. S.A. no se responsabiliza en ningún caso por la falta de reclamo, extravío, deterioro, olvido, pérdida, o cualquier otra causa atribuible al consumidor que impida el retiro oportuno del premio dentro del plazo señalado. Es responsabilidad exclusiva del portador del boleto realizar el reclamo conforme al procedimiento y dentro del tiempo establecido en el presente Reglamento.
Territorio: Promoción válida exclusivamente en la República del Ecuador.
Forman parte de esta promoción exclusivamente los empaques de Rico Arroz Original, presentación de 25 libras, que contengan en su interior un boleto promocional físico que cumpla, sin excepción, con los siguientes elementos de autenticidad:
La presencia de un boleto promocional dentro del empaque no implica, en ningún caso, la existencia de un premio garantizado, ni constituye derecho adquirido alguno. Se trata únicamente de una posibilidad de participación, sujeta estrictamente al cumplimiento de las condiciones, validaciones y limitaciones establecidas en el presente Reglamento.
Para verificar la autenticidad de un boleto promocional, el participante deberá seguir obligatoriamente los siguientes pasos:
Advertencia importante: La verificación y confirmación definitiva de la autenticidad del boleto corresponde únicamente a Industrias DajahuIndustrias Dajahu S.A. S.A., quien podrá realizar pruebas adicionales si lo considera necesario, sin que ello implique obligación de pago, entrega de premio ni reconocimiento automático del derecho del participante.
Los boletos promocionales válidos, legítimamente emitidos por Industrias DajahuIndustrias Dajahu S.A. S.A., y no adulterados, podrán contener premios instantáneos, que serán asignados conforme al siguiente plan mensual de distribución:
El boleto se encuentra adherido al interior del saco de Rico Arroz Original (25 lb) y en el saco de Rico Arroz Original (100 lb), en una zona visible y accesible únicamente al abrir el empaque. El consumidor es responsable de revisar cuidadosamente el contenido del empaque al momento de su apertura. El Organizador no se responsabiliza por boletos extraviados, descartados o destruidos por descuido o mal manejo del consumidor.
El participante reconoce y acepta que la participación en esta promoción no constituye garantía de adjudicación de premio, ni genera obligación legal de entrega por parte del Organizador salvo verificación positiva y cumplimiento integral de los requisitos aquí establecidos.
En caso de identificarse indicios de falsificación, manipulación, adulteración, duplicidad o cualquier otra práctica fraudulenta, Industrias DajahuIndustrias Dajahu S.A. S.A. se reserva el derecho de suspender o rechazar la entrega del premio, retener el boleto para su análisis, realizar pruebas técnicas o periciales, e iniciar las acciones legales que correspondan, incluyendo denuncias administrativas, civiles o penales. Adicionalmente, podrá aplicar cualquier otra medida preventiva o correctiva que considere necesaria para proteger la integridad de la promoción y salvaguardar sus derechos como Organizador, sin que ello implique vulneración de los derechos del consumidor.
Industrias DajahuIndustrias Dajahu S.A. S.A. se reserva el derecho de declarar inválido, sin obligación de reconocimiento ni entrega de premio, cualquier boleto que no cumpla con los requisitos de autenticidad establecidos en este Reglamento. En particular, se considerará inválido todo boleto que presente una o más de las siguientes condiciones:
La sola tenencia del boleto no otorga por sí solo derecho alguno a exigir premio si concurren una o más de las causales antes descritas.
Consulta de puntos de canje: Podrás revisar los puntos de canje de premios en www.originalrico.com o comunícate al número oficial de atención: 096 286 0769.
Queda expresamente prohibida la participación en esta promoción, así como el reclamo o recepción de premios, por parte de las siguientes personas:
La identificación posterior de participación indebida anula el derecho a reclamar o recibir premio alguno, incluso si este ya hubiese sido anunciado o validado preliminarmente.
El ganador autoriza expresa, irrevocable y gratuitamente a Industrias DajahuIndustrias Dajahu S.A. S.A. a utilizar su nombre, imagen, voz y testimonio con fines publicitarios o promocionales relacionados con esta campaña, en cualquier medio físico o digital, sin limitación territorial ni temporal, y sin compensación adicional, conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y la LODC.
En caso de que algún participante tenga información sobre una posible adulteración de los productos de Industrias Dajahu S.A., deberá comunicarse únicamente al número oficial indicado en los boletos promocionales de Rico Arroz, y entregar la siguiente información a la compañía, según las indicaciones proporcionadas por el agente autorizado:
A. Datos del presunto falsificador de producto:
B. Datos del denunciante:
Una vez recibida la información completa, Industrias Dajahu S.A., junto con la agencia de control, realizarán una inspección al establecimiento denunciado, para realizar la inspección correspondiente, con el objetivo de verificar presencialmente si el producto ofrecido o entregado es un arroz falsificado o adulterado utilizando sacos de la marca Rico Arroz.
Todas las llamadas serán grabadas y bajo estricta confidencialidad con el propósito de que sirvan como justificación ante las agencias de control. Industrias Dajahu S.A., se reserva el derecho de realizar cualquier acción y usar la información proporcionada por el denunciante, tales como la factura, fotografías y demás evidencia ante las autoridades competentes.
Si el equipo verifica que efectivamente en el punto de venta se comercializa arroz falsificado bajo el empaque de Rico Arroz, el denunciante recibirá como recompensa una funda de 5 kilos de Rico Arroz. La entrega se realizará en un plazo no mayor a 15 días hábiles, y se coordinará directamente con el denunciante.
Para las denuncias, se deberán observar las siguientes condiciones generales:
El uso de boletos falsificados, alterados o no legítimamente obtenidos constituye una violación a este reglamento y será considerado fraude. El Organizador se reserva el derecho de:
Participar con boletos fraudulentos podría ser sancionado penalmente por falsificación de documentos privados y publicidad engañosa.
Toda controversia derivada de la interpretación, ejecución o validez de esta promoción será resuelta mediante arbitraje en derecho, conforme al Reglamento del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Guayaquil.
El tribunal arbitral estará conformado por un (1) árbitro, será confidencial y en derecho y su decisión será definitiva e inapelable. Las partes renuncian a toda jurisdicción ordinaria.
La participación en esta promoción implica la aceptación total, irrevocable e incondicional de este reglamento y sus futuras modificaciones, que serán publicadas en la página oficial. El participante declara haber leído, comprendido y aceptado las condiciones aquí contenidas al momento de participar., renunciando a formular reclamos posteriores por desconocimiento.
Industrias Dajahu S.A. se reserva el derecho de modificar, actualizar o complementar en cualquier momento los términos y condiciones de esta promoción, sin necesidad de aviso individual, siempre que dichas modificaciones se publiquen en el canal oficial. Tales modificaciones no otorgarán derecho a compensación, reclamo, indemnización ni beneficio adicional alguno por parte de los participantes.